Los integrantes de la Comisión de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito aprobaron reformar el Reglamento de Espectáculos y Festejos Públicos para el Municipio de León, Guanajuato.
Mediante esta modificación los ediles acordaron derogar la Fracción VIII del Artículo 21 del ordenamiento en cuestión. Con ello se eliminó la prohibición a los empresarios, promotores y organizadores de espectáculos públicos el permitir el ingreso de personas menores de 14 años a corridas de toros y peleas de gallos.
Del mismo modo, se derogó la Fracción XXI del Tabulador de Sanciones del mismo reglamento, con lo que no se contemplará multa para quien permita la presencia de dicho grupo poblacional en los espectáculos ya mencionados.
El argumento bajo el que se promovió la modificación fue que el Poder Judicial de la Federación declaró inconstitucional la norma –que fue aprobada en 2014-, puesto que el cuerpo edilicio que la aprobó no expuso los motivos por los que consideró que las funciones de toros y gallos son nocivas para las personas menores de 14 años.
Es así que la reforma tiene como único objetivo atender el principio de legalidad en los reglamentos municipales.
“Esto es estrictamente de orden legal y de corrección de una norma que no tuvo el debido sustento ni la debida motivación para su emisión”, indicó el secretario del Ayuntamiento, Felipe de Jesús López Gómez.