El Grupo Parlamentario del PRI propuso reformas a la Ley de Concesiones de Servicios e Infraestructura Pública para el Estado de Guanajuato para derogar la adjudicación directa.
De acuerdo con la propuesta, las concesiones que otorgue el Gobierno del Estado en materia de infraestructura, se deben someter únicamente a licitación pública, destacó el diputado José Huerta Aboytes, en la exposición de motivos de esta iniciativa.
“No debe existir ningún servidor público que tenga libertad irrestricta para ejercer sus funciones, las cuales deben estar perfectamente definidas por normas jurídicas”, señaló el Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI.
Queremos terminar con cualquier vestigio de una especie de subcultura en nuestra entidad, según la cual, las concesiones eran una especie de dádivas que distribuía el Ejecutivo de manera incontrolada, agregó el legislador.
El objetivo es que las concesiones que conceda Poder Ejecutivo se realicen dentro de un marco de buen gobierno, que tenga como única finalidad el servicio a la gente y que se destierre cualquier signo de corrupción.
Puntualizó que la ley no siempre logra establecer de manera determinante los límites precisos dentro de los cuales debe actuar ésta en sus múltiples tareas, por lo cual, el ordenamiento jurídico atribuye a la autoridad dos tipos de facultades administrativas: las regladas y las discrecionales.
La discrecionalidad suele estar emparentada con el ejercicio caprichoso y patrimonialista del poder y puede conducir a la disposición arbitraria y abusiva del dinero del pueblo, enfatizó el diputado Huerta.
“En un plano estrictamente preventivo de la corrupción, de la que desafortunadamente no hemos podido deshacernos, es deseable reducir al mínimo los márgenes de discrecionalidad en el ejercicio de la administración pública”, acotó.
El diputado citó como ejemplo la asignación directa a un grupo constructor privado, de la obra del libramiento que conectará la carretera Silao- San Felipe y el Eje Metropolitano con la carretera Silao- León, procedimiento que se realizó de una manera oscura.
Puntualizó que a consideración de varios juristas, el procedimiento de la adjudicación directa mediante la simple presentación de un proyecto, pugna con el contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.