- El Tribunal Electoral de Guanajuato determinó que las expresiones del sacerdote Jesús Alfredo Gallegos Lara, conocido como “el Padre Pistolas”, contra la gobernadora Libia Dennise García Muñoz Ledo constituyeron violencia política contra las mujeres en razón de género.
El sacerdote Jesús Alfredo Gallegos Lara, conocido como “el Padre Pistolas”, deberá ofrecer una disculpa pública a la gobernadora de Guanajuato, Libia Dennise García Muñoz Ledo, luego de que el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) acreditara la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en su contra.
La determinación fue tomada dentro del Procedimiento Especial Sancionador TEEGPES21/2026, iniciado a partir de una queja presentada el 10 de noviembre de 2025 y posteriormente ratificada por la propia gobernadora.
De acuerdo con lo expuesto durante la sesión del Tribunal, el procedimiento se originó por manifestaciones realizadas por Gallegos Lara durante una misa celebrada el 2 de noviembre de 2025, que fue transmitida en vivo a través de Facebook. Posteriormente también fueron incorporados al expediente videos difundidos en esa misma red social.
¿Qué dijo el “Padre Pistolas”?
El Tribunal analizó las expresiones realizadas por el sacerdote en el contexto de la discusión sobre el Acueducto Solís-León, proyecto impulsado por los gobiernos estatal y federal para llevar agua a municipios como Celaya, Salamanca, Irapuato, Silao y León.
Durante la misa, Gallegos Lara expresó su rechazo al proyecto y responsabilizó directamente a la gobernadora. Entre sus declaraciones se incluyó una amenaza de causarle daño físico.
En su análisis, el TEEG consideró que la expresión dirigida contra la gobernadora contenía un elemento de género, al tratarse de una amenaza de agresión física dirigida contra ella en su calidad de mujer.
El Tribunal señaló que este tipo de amenaza puede tener un impacto diferenciado cuando se dirige contra una mujer que ejerce una función pública y concluyó que se actualizaban los elementos para acreditar violencia política contra las mujeres en razón de género.
La resolución se apoyó, entre otros criterios, en la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, relacionada con los elementos que deben analizarse para determinar la existencia de violencia política de género.
¿Qué tendrá que hacer el sacerdote?
Como medidas de reparación, el TEEG ordenó a Gallegos Lara:
- Ofrecer una disculpa pública a Libia Dennise García Muñoz Ledo mediante Facebook, en los términos planteados por la gobernadora.
- Hacerlo dentro de los cinco días posteriores a que la resolución quede firme.
- Abstenerse en adelante de realizar expresiones estereotipadas que tiendan a denigrar, minimizar o invisibilizar la función pública que desempeña la gobernadora.
- Realizar, a su propio costo, un curso sobre violencia política contra las mujeres en razón de género, orientado a la promoción y protección de los derechos de las mujeres.
- La sentencia también deberá permanecer publicada durante siete días en los estrados físicos y/o electrónicos del Tribunal.
El TEEG determinó además dar vista a la Secretaría de Gobernación, al tratarse de un asunto relacionado con un ministro de culto.
La medida se fundamenta en la jurisprudencia 11/2011 de la Sala Superior, que establece que corresponde a la Secretaría de Gobernación ejercer la facultad sancionadora respecto de determinadas infracciones a normas electorales cometidas por ministros de culto y asociaciones religiosas.


