- Buscan revertir el fallo que dejó sin efecto la medida de paridad para las elecciones de alcaldías de 2027; la última palabra podría quedar en manos de la justicia electoral federal.
Seis mujeres impugnaron la decisión del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) que eliminó la reserva exclusiva de candidaturas femeninas para las presidencias municipales de 13 localidades del estado. Ahora buscan que la justicia electoral federal revise el fallo y determine si la medida debe mantenerse.
Los recursos fueron presentados el 18 de octubre, luego de que el tribunal estatal resolviera, el pasado 14 de octubre, dejar sin efecto la acción afirmativa aprobada por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG).
Las mujeres que impugnaron está decisión son Gabriela Rodríguez Arredondo, Viridiana González Arévalo, Mónica Esther Vázquez Ramírez, Brianda Rodríguez Luna y Eunice Sarai Jaime Rodríguez. También participa Rosa Martha Santamaría Hernández, en representación de la organización Mujeres en la Talacha A.C.
Las inconformes solicitaron que sus recursos sean tramitados como juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía y enviados a la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que deberá revisar el asunto si los recursos son admitidos.
¿Qué municipios estaban reservados para mujeres?
La medida que generó la controversia fue aprobada por el IEEG el 14 de septiembre. Su objetivo era que los partidos políticos postularan exclusivamente mujeres para competir por las presidencias municipales de 13 localidades de Guanajuato.
Los municipios incluidos eran:
* Apaseo el Grande
* Comonfort
* Cortazar
* Doctor Mora
* Dolores Hidalgo
* Purísima del Rincón
* Romita
* San Francisco del Rincón
* Santa Cruz de Juventino Rosas
* Tarimoro
* Tierra Blanca
* Uriangato
* Valle de Santiago
Con esta disposición, el organismo electoral buscaba generar mejores condiciones para que las mujeres accedieran a las alcaldías, como parte de las acciones para reducir las desigualdades en la participación política.
¿Por qué se eliminó la medida?
Al revisar las impugnaciones contra el acuerdo del IEEG, el Tribunal Estatal Electoral consideró que el instituto no justificó suficientemente por qué era necesario reservar esos 13 municipios exclusivamente para candidatas.
El TEEG también señaló que no se acreditó que las reglas de paridad existentes fueran insuficientes para garantizar la participación de las mujeres.
Otro punto cuestionado fue el diagnóstico histórico utilizado para sustentar la medida. El tribunal destacó que cinco de los municipios incluidos en la reserva —Comonfort, Cortazar, Dolores Hidalgo, Romita y Tarimoro— ya habían tenido mujeres al frente de sus gobiernos municipales.
Además, consideró que la restricción afectaba la libertad de los partidos políticos para definir sus candidaturas y limitaba la posibilidad de que hombres buscaran competir por la vía independiente en esas localidades.
Por estos motivos, el tribunal dejó sin efecto la reserva exclusiva de candidaturas femeninas, aunque mantuvo vigentes las demás obligaciones de paridad electoral.


